Rediseño del proceso de supervisión a centros de tratamiento que ejecutan meses de planes de tratamiento para personas con consumo problemático de drogas y alcohol del SENDA, durante el periodo 2018 -2019
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Para la ejecución de políticas en materia de tratamiento, el SENDA, requiere implementar acciones vinculadas al tratamiento y rehabilitación de personas con problemas derivados del consumo de drogas y alcohol. Para este efecto se encuentra facultado, de acuerdo con lo señalado en el artículo 19 letra j de la Ley N°20.502, para celebrar acuerdos o convenios con instituciones públicas o privadas, que digan relación directa con la ejecución de las políticas, planes y programas de prevención del consumo de drogas y alcohol, así como el tratamiento, rehabilitación y reinserción social de las personas afectadas por la drogadicción y el alcoholismo. En el caso de los convenios con entidades privadas, la licitación pública es bienal, estableciéndose una serie de líneas de servicios dirigidas a programas y planes específicos, los que están distribuidos a través de las diversas regiones y comunas del país. La población beneficiaria de esta política pública es toda la población afectada por consumo problemático de drogas o alcohol y que a la vez son beneficiarios de FONASA. Dado que la oferta privada de tratamiento de rehabilitación tiene costos muy elevados, este resulta privativo parala mayoría de las personas, por lo que acceder a un cupo en centros de tratamiento en convenio con SENDA resulta ser la única posibilidad de acceso a tratamiento para estas personas. En este trabajo revisaremos el procedimiento de supervisión que efectúa SENDA a los centros de tratamiento de la red privada, identificaremos las falencias y fortalezas que pueda presentar este procedimiento y buscaremos presentar una propuesta de mejora si ello es pertinente.