Percepción de los docentes sobre la implementación del diseño universal para el aprendizaje (DUA) en el aula

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2020

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Resumen

La ONU en su declaración Universal de los Derechos Humanos establece en el artículo 26 la Universalidad del Derecho a la Educación como uno de los medios para el pleno desarrollo de la personalidad humana, siendo un recurso fundamental en la formación valórica de los individuos. Es en este contexto y a partir de los convenios suscritos por el Estado Chileno es que en el año 2010 se promulga la Ley N°20.422, la que Establece Normas sobre Igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de Personas con Discapacidad garantizando acceso de estas personas a los establecimientos privados y públicos del sistema educacional actual o también a los establecimientos de educación especial, los cuáles contarán con planes para estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE) y harán partícipe de esta a toda la comunidad educativa.

Descripción

Tesis para optar al título de Profesor de Educación Diferencial con mención en Trastorno Específico del Lenguaje Oral

Palabras clave

Inclusión, Integración en la educación, Personas con discapacidad

Citación